El CAP es un Certificado de Aptitud Profesional vigente en toda Europa con el objetivo de optimizar y profesionalizar las actividades de transporte en todo el continente. En el CAP los alumnos reciben formación acerca de logística, transporte por carretera, conducción racional, formación vial o transporte de mercancías peligrosas, entre otros aspectos. El CAP es fundamental para poder dedicarse al transporte por carretera
En CURSO CAP MADRID disponemos de Centros CAP en la Comunidad de Madrid para impartir cursos de CAP de Mercancías y Viajeros con total garantía para renovar la tarjeta CAP de Autobús y de CAP de Camión.Los cursos para renovar el cap se realizan en la provincia de Madrid.
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1º Viernes de 18h00 a 22:15
1º Sábado de 7:00 a 14:30
1º Domingo de 7:00 y de 14:30
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2º Sábado de 7h00 a 14h30
2º Domingo de 7h00 a 14h30
Los Cursos CAP Subvencionados están al alcance de cualquiera. Son beneficiarios todos los trabajadores que coticen en el régimen general de la Seguridad Social.
El Real Decreto 694/2017 de 3 de Julio, en su Art. 9.6 reconoce el derecho del trabajador al permiso retribuido de 20 horas de formación. Por ello la empresa esta obligada a facilitar al trabajador la formación relacionada con la actividad que desarrolla este en la empresa.
Desde el año 2008 en España se exige que los conductores profesionales de determinados vehículos destinados al transporte por carretera tengan una cualificación profesional específica conforme a la normativa europea (Directiva 2003/59/CE) y a la nacional (Real Decreto 1032/2007) y que consiste en la obligación de una cualificación inicial y de una formación continua.
El Certificado de Aptitud Profesional (CAP) acredita que se ha superado la formación obligatoria exigida: la cualificación inicial o la formación continua.
El objetivo de la normativa antes mencionada es de garantizar que el conductor, en virtud de su cualificación, esté capacitado tanto para el acceso como para la continuación de la actividad de conducción.
Con ello, se trata de conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte por carretera y, en definitiva, mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico, como de los propios conductores.
El CAP (Certificado de Aptitud Profesional), es la formación obligatoria que deben obtener todos los conductores/as que cuenten con el carné para conducir vehículos pesados como el C o el D, para poder dedicarse profesionalmente al transporte de mercancías y/o de viajeros. Así pues, junto con le permiso de conducción, el CAP acredita la aptitud profesional de quien lo ha obtenido y tiene validez en todo el territorio europeo.
La formación inicial en el CAP se suele impartir de forma simultánea a la obtención del carné de conducir. También deben obtener una formación CAP de renovación o continua, todos los conductores/as profesionales cada 5 años.
Este certificado antes no era necesario, pero, desde el año 2008, es obligatorio para los conductores/as que transportan viajeros y desde 2009 para los que transportan mercancías.
Cualquier conductor de la Unión Europea que está en posesión del permiso de conducción de cualquiera de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E y conduzca vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, sean de transporte público o privado, salvo que se trate de alguno de los vehículos exentos.
Se aplica también a los conductores nacionales de terceros países empleados o utilizados por una empresa establecida en un Estado miembro de la UE. Conductores extranjeros para los que resulte necesario solicitar un certificado de conductor extranjero o certificado de conductor de terceros países.
La formación obligatoria puede consistir en una cualificación inicial o en una formación continua.
Cualificación inicial CAP: se realiza un curso de 280 h (modalidad ordinaria) o 140 h (modalidad acelerada) y superar un examen.
Formación Continua CAP: Curso 35 h.
La Cualificación Inicial, es obligatoria:
A partir de 11 de septiembre de 2008 para los conductores con permisos de las categorías D1, D1+E, D, D+E o de un permiso reconocido como equivalente.
A partir del 11 de septiembre de 2009 para los conductores con permisos de las categorías C1, C1+E, C, C+E o de un permiso reconocido como equivalente.
Si un conductor es titular de los permisos mencionados más arriba con fecha anterior a las señaladas está exento de cualificación inicial, pero no de la formación continua.
El CAP no es exigible para la conducción de los siguientes vehículos: